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miércoles, 3 de junio de 2009


Sí a la jurisdicción universal


El artículo 6 de la Declaración Universal de Derechos Humanos dice, literalmente, que todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Así, la legislación española contempla desde 1985 la posibilidad de que se juzguen en España determinados delitos, como el genocidio, el terrorismo o la corrupción de menores, cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional.

No obstante, tras el debate de la nación que tuvo lugar el pasado 12 de mayo, PP y PSOE han pactado una reforma legal (utilizando, por lo bajini, un proyecto de ley en trámite en el Congreso) que restringe la jurisdicción universal a los casos en los que haya implicados españoles.

Este acuerdo entre los dos partidos mayoritarios coincide (¡qué casualidad!) con las protestas que ha recibido España por parte de China e Israel en los últimos meses. Ambos países han exigido reiteradamente que se retiraran las causas por genocidio y crímenes de guerra abiertas contra ellos para así mantener en buen estado las relaciones bilaterales entre dichas naciones y España.

Ayer se presentó un manifiesto con 329 firmas de jueces, abogados, fiscales, historiadores y las principales asociaciones de defensa de los derechos humanos, como Amnistía Internacional, contra la reforma legal promovida por el PP y el PSOE. La nueva normativa significará el archivo de casos como el genocidio maya, la represión a los practicantes de Falun Gong en China o el bombardeo en Gaza que mató, en 2002, a 14 civiles. Retrocedemos.